Verifactu para PYMEs: Guía para Sociedades

Las sociedades quedan obligadas a Verifactu el 1 de enero de 2027 (RD-ley 15/2025). Checklist para pymes: software, procesos internos, equipo y errores a evitar.

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Enero de 2027

Para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, Verifactu será exigible el 1 de enero de 2027 (RD-ley 15/2025).

Procesos de equipo

Permisos por rol: quién puede emitir, quién rectificar y quién solo consultar. Todo trazado.

De obligación a ventaja

Cobro online, recordatorios automáticos y resumen fiscal trimestral: cumplir puede ahorrarte trabajo.

Actualización (octubre de 2026): Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 que aplazará VeriFactu a octubre de 2028. El cambio aún no se ha publicado en el BOE: hasta entonces siguen vigentes las fechas de 2027 que se citan en esta página. Plazos de VeriFactu al día.

Tu SL tiene fecha: 1 de enero de 2027

El calendario del RD 1007/2023, retrasado por el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, pone a los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades en primera línea: desde el 1 de enero de 2027, cualquier SL, SA o cooperativa que facture con medios informáticos deberá hacerlo con un sistema adaptado. El resto de obligados, autónomos incluidos, entra el 1 de julio de 2027. Si tu pyme aún factura con un programa antiguo o con plantillas, estás en el mejor momento posible: más de un año de margen para cambiar bien, sin la prisa —ni el riesgo de sanción de 50.000 €— de quien lo deje para el final.

Checklist de adaptación para una pyme

El error organizativo más común

En las pymes, el problema no suele ser el software sino los hábitos: el administrativo que "anula" una factura borrándola, el comercial que rehace un PDF a mano, la serie paralela que alguien abrió en 2019… Con Verifactu, todo eso deja rastro o directamente es imposible. La transición bien hecha incluye 30 minutos de formación al equipo: las facturas no se tocan; se rectifican.

Convierte la obligación en mejora

Ya que cambias de sistema, elige uno que te devuelva algo. Con Libélula CRM (gratis) tu pyme gana además:

Preguntas frecuentes

Nuestra SL factura poco (somos 2 socios), ¿también nos aplica?
Sí. La obligación depende de ser contribuyente del Impuesto sobre Sociedades y usar medios informáticos para facturar, no del tamaño. Una SL unipersonal que emite 3 facturas al mes está igual de obligada que una de 200 empleados.
¿Qué pasa con las facturas de nuestro ERP hechas antes de esa fecha?
Nada: se conservan como están. El reglamento aplica a las facturas emitidas desde que te sea exigible. Eso sí, desde entonces todas deben salir del sistema adaptado con su registro encadenado.
Usamos un ERP a medida, ¿cómo lo adaptamos?
El desarrollador debe implementar los registros de facturación, la huella encadenada, el QR y (si elegís esa modalidad) la remisión a la AEAT, y emitir la declaración responsable como productor. Alternativamente, muchas pymes optan por delegar la facturación en un software adaptado e integrarlo con el ERP.
¿El asesor/gestoría puede facturar por nosotros?
Sí, muchas asesorías emiten las facturas de sus clientes; en ese caso el software que use la asesoría debe cumplir Verifactu. Pregúntale con qué programa trabaja y pídele la referencia de su declaración responsable.
¿Cuánto cuesta adaptar una pyme?
Puede costar cero: hay programas gratuitos adaptados como Libélula. El coste real suele estar en migrar datos y cambiar hábitos, no en licencias. Presupuesta una tarde de configuración y una sesión corta de formación al equipo.

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