Verifactu explicado: qué es, a quién afecta, los plazos vigentes de 2027, el aplazamiento a octubre de 2028 anunciado por Hacienda y qué necesita tu software.
Verifactu es el sistema de la Agencia Tributaria para garantizar que los registros de facturación no se manipulen. El software envía un hash de cada factura a la AEAT en tiempo real.
El software debe generar registros firmados con hash encadenado, incluir código QR verificable en cada factura y, opcionalmente, enviar registros a la AEAT automáticamente.
Vigentes por el Real Decreto-ley 15/2025: 1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto. Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 su aplazamiento a octubre de 2028, aún sin publicar en el BOE.
Verifactu es el nombre coloquial del Sistema de emisión de facturas verificables de la Agencia Tributaria Española (AEAT). Su objetivo es garantizar que los programas de facturación no permitan la manipulación de registros — lo que popularmente se conoce como "software de doble uso".
En términos prácticos, Verifactu obliga a que tu software de facturación cumpla requisitos técnicos específicos: generar un hash encadenado por cada registro de facturación (cada factura enlaza criptográficamente con la anterior), incluir un código QR verificable y, opcionalmente, enviar los registros a la AEAT en tiempo real.
Verifactu afecta a todos los empresarios y profesionales que están obligados a llevar libros registro del IRPF o del IVA. En la práctica, esto incluye a:
El calendario vigente lo fija el Real Decreto-ley 15/2025, que retrasó un año la entrada en vigor: el 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de obligados, autónomos incluidos. No es lo mismo que la factura electrónica obligatoria, que tiene su propio calendario.
El 5 de octubre de 2026 Hacienda anunció que aplazará la obligación de VeriFactu a octubre de 2028. De momento es un anuncio: a 22 de octubre de 2026 el cambio no se ha publicado en el BOE, así que siguen vigentes las fechas de 2027 hasta que se apruebe la norma que lo modifique.
Esto no significa que debas esperar. Los fabricantes de software deben adaptar sus sistemas con antelación, y las empresas que adopten software compatible antes tendrán una transición más suave.
Si usas Excel, Word o un programa de facturación antiguo, no cumplirán con Verifactu. Necesitarás un software que genere registros verificables. Libélula CRM ya genera facturas profesionales y está implementando las adaptaciones técnicas de Verifactu para que tu empresa esté preparada antes de los plazos legales.
La ventaja de usar Libélula es que la facturación está integrada con tu CRM de clientes, gestión de proyectos y control horario, eliminando la necesidad de herramientas separadas.
El reglamento te deja elegir cómo cumplir. En la modalidad Verifactu, tu software remite cada registro de facturación a la AEAT en el momento de emitirlo; a cambio, las exigencias técnicas se relajan (no necesitas firma electrónica de los registros) y tus facturas llevan la mención "VERI*FACTU", verificable por el cliente escaneando el QR. En la modalidad no-Verifactu, no envías nada en tiempo real, pero tu sistema debe firmar electrónicamente cada registro, encadenarlos con huella criptográfica, conservarlos íntegros y estar listo para volcarlos si la AEAT los requiere. Para una pyme sin motivos específicos de reserva, la modalidad Verifactu es más simple y transmite una señal de transparencia.
Todas las facturas emitidas con software adaptado incluyen un código QR con los datos identificativos del registro (emisor, número, fecha, importe). Si la factura es "VERI*FACTU", cualquier receptor puede escanearlo y cotejarla contra la AEAT al instante. En la práctica, el QR convierte cada factura en verificable: los clientes (especialmente empresas y administraciones) empezarán a esperar verlo, y una factura sin QR delatará software sin adaptar.
El régimen sancionador es de los más duros del ámbito tributario para pymes: usar sistemas de facturación que no cumplan el reglamento se sanciona con multa fija de 50.000 euros por ejercicio; fabricar o comercializar software no conforme llega a 150.000 euros. No hace falta fraude probado: el mero uso de software no certificado es la infracción. Es la forma del legislador de matar el software de doble uso — y la razón por la que seguir facturando con herramientas no adaptadas es una ruleta rusa.
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