Facturas impagadas: cómo reclamarlas paso a paso (y cómo evitar la próxima)

Guía práctica para reclamar una factura impagada en España: recordatorio, reclamación fehaciente, y cómo recuperar el IVA de un impago. Y el sistema para que no se repita.

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Detecta el impago pronto

La factura pasa a «vencida» sola y el recordatorio al cliente sale con un clic.

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Factura, vencimiento, envíos y actividad con fecha y hora: la prueba que necesitas si escala.

Rectificativa si procede

Si el impago se consolida, emites la rectificativa para recuperar el IVA conforme a la normativa.

Antes de nada: una factura impagada no es (todavía) un cliente perdido ni un juicio. La mayoría de impagos se resuelven en las dos primeras fases de esta escalera. Lo importante es recorrerla con orden y con papel.

La escalera de reclamación, paso a paso

1. Recordatorio amistoso (día 1-15 tras el vencimiento). Un email cordial con la factura adjunta resuelve una parte enorme de los casos: muchos impagos son despistes o facturas que nunca llegaron. Hazlo por escrito, no por teléfono: quieres rastro.

2. Reclamación formal (día 15-45). Segundo email, tono firme: número de factura, fecha de vencimiento, importe y nueva fecha límite. Menciona que aplicarás los intereses de demora de la Ley 3/2004 de morosidad si no hay pago (en operaciones entre empresas se devengan sin necesidad de aviso).

3. Reclamación fehaciente (día 45-90). Burofax con certificación de contenido. Es el paso que convierte tu reclamación en prueba sólida y suele desatascar al moroso profesional: sabe que lo siguiente es real.

4. Vía judicial. Para deudas documentadas (factura + prueba de entrega + reclamaciones), el proceso monitorio permite reclamar sin límite de cuantía; hasta 2.000 € no necesitas abogado ni procurador. Con la documentación ordenada, es un trámite más asequible de lo que parece.

Recuperar el IVA de la factura impagada

El IVA de esa factura lo adelantaste tú a Hacienda. La Ley del IVA (art. 80) permite recuperarlo modificando la base imponible mediante una factura rectificativa, cumpliendo requisitos y plazos: en general, tras 6 meses o 1 año desde el devengo (según tu volumen de operaciones) y habiendo reclamado el cobro de forma fehaciente. Los plazos son estrictos — coordínalo con tu asesor. En Libélula la rectificativa se emite desde la propia factura y queda encadenada en VeriFactu como exige el reglamento.

El sistema para que no te vuelva a pasar

Lo que necesitasEn LibélulaQué comprobar en tu programa actual
Enterarte del impago el día 1La factura pasa a «vencida» automáticamente; control de vencimientos con antigüedad¿Cuántos días tarda un impago en llegar a tus ojos?
Reclamar con un clic y con rastroRecordatorio de pago por email desde la propia factura, registrado en la actividad del cliente con fecha y hora¿Tienes prueba de cada reclamación enviada?
Cobro confirmado sin vigilar el bancoTesorería con conciliación: el abono casa con la factura y la marca pagada¿Detectas el pago el día que entra?
Decidir a quién sigues fiandoInforme de pendiente y vencido por cliente: el historial de pago delante antes de aceptar el próximo pedido¿Sabes qué clientes pagan tarde sistemáticamente?

La mejor reclamación es la que no hace falta: presupuesto aceptado por escrito (generador de presupuestos), factura clara con vencimiento visible y recordatorio automático el primer día. Los morosos profesionales eligen a los proveedores desordenados.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo prescribe una factura impagada?
Como regla general, las deudas por servicios y ventas entre empresas prescriben a los 5 años (art. 1964 del Código Civil), pero cada reclamación fehaciente interrumpe la prescripción y reinicia el plazo. Hay reglas especiales según el tipo de operación: confírmalo con tu abogado.
¿Puedo cobrar intereses de demora?
En operaciones entre empresas o con autónomos, la Ley 3/2004 de morosidad los devenga automáticamente desde el vencimiento, sin necesidad de pactarlo ni de avisar, más una indemnización fija de 40 € por costes de cobro.
¿Cómo recupero el IVA de una factura que no me han pagado?
Mediante factura rectificativa que modifica la base imponible (art. 80 de la Ley del IVA), cumpliendo plazos (en general tras 6 meses o 1 año del devengo) y habiendo reclamado el cobro fehacientemente. Los plazos para emitirla y comunicarla son estrictos: hazlo con tu asesor.
¿El proceso monitorio necesita abogado?
Para presentar la petición inicial no necesitas abogado ni procurador si la deuda no supera los 2.000 €. Si el deudor se opone, el procedimiento continúa por otra vía y ahí sí pueden ser necesarios.
¿Cómo me ayuda Libélula con los impagos?
Detectándolos el día uno (estado «vencida» automático), enviando recordatorios con rastro en el historial, conciliando los cobros con el banco y dándote el informe de quién debe cuánto y desde cuándo. La rectificativa para recuperar el IVA se emite desde la propia factura.

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