La retención de IRPF en las facturas, explicada de una vez

Cuándo lleva retención una factura, el 15% general y el 7% de nuevos autónomos, quién la ingresa (modelo 111) y cómo controlar retenciones soportadas y practicadas.

Empezar Gratis Ver Todas las Funciones

Retención por factura

Aplica el 15% (o el 7% de inicio de actividad) en tus facturas con un campo, bien calculado.

Soportadas y practicadas

Libélula separa las retenciones que te hacen (a tu favor) de las que practicas a proveedores (modelo 111).

Conectado al 130

Tus retenciones soportadas se descuentan solas del pago fraccionado del modelo 130.

La retención de IRPF es un anticipo de tu impuesto sobre la renta que se descuenta directamente en la factura: tu cliente te paga un poco menos y ese "poco" lo ingresa él en Hacienda a tu nombre.

¿Quién debe aplicarla?

Principalmente los profesionales autónomos (actividades profesionales: consultores, diseñadores, abogados, programadores…) cuando facturan a empresas u otros autónomos. A particulares no se retiene. Las actividades empresariales (una tienda, un bar) tampoco llevan retención en sus facturas.

¿Qué tipo se aplica?

El general es el 15% sobre la base imponible. Los nuevos autónomos pueden aplicar el 7% durante el año de inicio y los dos siguientes. Hay tipos especiales para actividades concretas (módulos, actividades agrícolas, etc.).

¿Quién la ingresa y con qué modelo?

El pagador (tu cliente) ingresa las retenciones trimestralmente con el modelo 111 y las resume en enero con el 190. Para ti son un anticipo: se descuentan en tu modelo 130 y en la renta.

Las dos caras, controladas

En Libélula pones la retención en tus facturas con un campo (15%, 7% o el que corresponda) y registras la que tú practicas a profesionales en tus gastos. Impuestos te muestra por separado las soportadas (que restan en tu 130) y las practicadas (que debes ingresar con el 111, con su recuento de perceptores). Todo cuadrado con tu facturación y tu calendario fiscal.

Ejemplo de factura con retención

Un diseñador factura 1.000 € a una agencia: base 1.000 €, IVA 21% (+210 €), retención IRPF 15% (−150 €). Total a cobrar: 1.060 €. La agencia ingresará esos 150 € en Hacienda con su modelo 111, y para el diseñador serán un anticipo que se descontará en su 130 y en la renta. Nótese el matiz: el IVA se suma sobre la base y la retención se resta de la base — mezclar los porcentajes es el error de novato más común.

Dudas frecuentes del día a día

¿Facturas a un particular? Sin retención, aunque seas profesional. ¿Actividad empresarial (comercio, hostelería)? Sin retención tampoco. ¿Te olvidaste de aplicarla? El obligado a retener es el pagador, pero lo correcto es rectificar la factura. ¿Cobras por adelantado o por hitos? La retención acompaña a cada factura que emitas. En Libélula defines la retención por factura (15%, 7% o el tipo que corresponda) y el sistema separa automáticamente las que soportas de las que practicas, cada una a su modelo.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo lleva retención mi factura?
Si realizas una actividad profesional y facturas a una empresa o a otro autónomo. A particulares no se aplica retención.
¿Puedo aplicar el 7% en vez del 15%?
Sí, si estás en tu año de inicio de actividad o en los dos siguientes, comunicándolo a tus clientes. Después pasa a ser el 15% general.
¿Quién ingresa la retención en Hacienda?
Tu cliente (el pagador), mediante el modelo 111 trimestral y el resumen anual 190. Tú solo la reflejas en la factura.
¿Qué pasa con las retenciones que yo hago a otros?
Si pagas facturas de profesionales con retención, eres tú quien debe ingresarlas con el 111. Libélula te calcula el total y los perceptores por trimestre.
¿Las retenciones se pierden?
No: son un anticipo a tu favor. Se descuentan en tu modelo 130 trimestral y en tu declaración de la renta.

Empieza gratis hoy

Sin tarjeta de crédito. Sin compromiso. Tu empresa lista en 2 minutos.

Crear Cuenta Gratis