Errores del modelo 200 que salen caros (y cómo evitarlos)

Los errores más frecuentes al presentar el modelo 200 del Impuesto sobre Sociedades: ajustes extracontables, amortizaciones, bases negativas y cómo corregir si ya lo presentaste.

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Cuadre contable

El resultado del modelo tiene que salir de tu contabilidad, no de una hoja aparte.

Libro de ingresos y gastos

Ingresos y gastos ordenados por fecha, con su justificante enganchado.

Plazos controlados

El aviso llega antes del vencimiento, no cuando ya se ha pasado.

El modelo 200 es la declaración del Impuesto sobre Sociedades. Se presenta una vez al año, dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al cierre del ejercicio: para quien cierra el 31 de diciembre, hasta el 25 de julio.

Que sea anual es justamente lo que lo hace peligroso. Un error en el 303 se detecta al trimestre siguiente; uno en el 200 puede tardar un año en salir a la luz, y para entonces arrastra intereses.

Los fallos que más se repiten

Si ya lo presentaste y detectas el error

Depende de a favor de quién juegue el fallo. Si declaraste de menos, se corrige con una autoliquidación complementaria, que lleva recargo pero evita la sanción si se hace antes de que Hacienda te requiera. Si declaraste de más, la vía es la rectificación de autoliquidación para pedir la devolución.

En ambos casos, cuanto antes se haga, más barato sale: el recargo por presentación voluntaria crece con el tiempo transcurrido.

La causa de fondo casi siempre es la misma

Los ocho errores de arriba comparten origen: la contabilidad no está al día cuando llega la fecha. Cuando el ejercicio se cierra en junio a base de reconstruir facturas y buscar justificantes, los ajustes se hacen deprisa y se cometen fallos. Llevar los ingresos, los gastos y sus justificantes ordenados durante todo el año no elimina la complejidad del impuesto, pero elimina la prisa, que es de donde salen la mayoría de errores.

Preguntas frecuentes

¿Quién está obligado a presentar el modelo 200?
Todas las entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades, incluidas las que no han tenido actividad. Una sociedad inactiva presenta igualmente el modelo.
¿Cuál es el plazo exacto?
Los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al cierre del ejercicio. Para ejercicios que cierran el 31 de diciembre, hasta el 25 de julio del año siguiente.
¿Qué son los ajustes extracontables?
Las correcciones que van del resultado contable a la base imponible fiscal, porque la norma fiscal y la contable no coinciden en todo. Los hay positivos (gastos no deducibles) y negativos.
¿Puedo compensar pérdidas de años anteriores?
Sí, las bases imponibles negativas son compensables, con los límites que fije la norma según el importe neto de la cifra de negocios. Hay que consignarlas expresamente en el modelo.
¿Cómo corrijo un modelo 200 ya presentado?
Con una complementaria si declaraste de menos, o con una solicitud de rectificación si declaraste de más. Hacerlo antes de recibir requerimiento evita la sanción, aunque no el recargo.
¿Presentar a cero también obliga?
Sí. La obligación de declarar no depende de que salga cuota a ingresar. Presentar fuera de plazo un modelo a cero también conlleva recargo.

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