Calculadora de retención de IRPF en tus facturas

Calcula la retención de IRPF de una factura de profesional: base, IVA al 21% y retención del 15% o del 7% para nuevos autónomos. Te dice cuánto cobras de verdad.

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Lo que cobras de verdad

Del importe de la factura al dinero que entra en tu cuenta, sin sorpresas.

Tipo reducido del 7%

Aplica el reducido si estás en tus tres primeros años de actividad.

También alquileres

Incluye el 19% de retención de los arrendamientos de local.

Orientativo. La retención solo se practica cuando tu cliente es empresa, profesional u otra entidad obligada a retener: si facturas a un particular, no se retiene nada. El tipo reducido del 7% se aplica en el año de alta y los dos siguientes.

Cómo se monta la factura

El orden importa y confunde a mucha gente: el IVA se suma y la retención se resta, y ambos se calculan sobre la misma base imponible, nunca uno sobre el otro. Una factura de 1.000 € con IVA del 21% y retención del 15% se cobra a 1.060 €: 1.000 + 210 − 150.

Ese dinero retenido no se pierde. Tu cliente lo ingresa en Hacienda a tu nombre (con su modelo 111) y tú te lo descuentas en la declaración de la renta. Funciona como un pago a cuenta anticipado de tu IRPF.

¿15% o 7%?

El tipo general para profesionales es el 15%. Si acabas de darte de alta puedes aplicar el 7% durante el año de inicio de actividad y los dos siguientes, comunicándoselo por escrito a tu cliente. Ojo con esto: retener menos ahora significa pagar más en la renta, así que el 7% ayuda a la tesorería del primer año pero no te ahorra impuestos.

Cuándo NO se retiene

Si tu cliente es un particular, no hay retención: los particulares no están obligados a retener. Tampoco se retiene en actividades en estimación objetiva salvo casos concretos, ni en la mayoría de operaciones con clientes extranjeros. Y recuerda que la retención soportada reduce lo que pagas en el modelo 130: si la mayoría de tus facturas llevan retención, puede que ni tengas que presentarlo.

Todo esto lo aplica solo tu programa de facturación: en Libélula marcas el tipo de retención en el cliente y cada factura sale ya con el cálculo correcto y el desglose que exige la normativa.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula la retención de IRPF en una factura?
Se aplica el porcentaje (15% general, 7% para nuevos autónomos) sobre la base imponible, nunca sobre el total con IVA. En la factura el IVA se suma y la retención se resta: base 1.000 € con 21% de IVA y 15% de retención da un total a cobrar de 1.060 €.
¿Cuándo puedo aplicar el 7% en lugar del 15%?
En el año en que te das de alta como autónomo y en los dos siguientes, siempre que no hubieras ejercido actividad profesional el año anterior. Debes comunicárselo por escrito a tu cliente.
¿A quién tengo que aplicar retención en mis facturas?
Solo cuando tu cliente es empresa, autónomo u otra entidad obligada a retener. Si facturas a un particular, la factura va sin retención.
¿La retención es un impuesto adicional?
No, es un adelanto de tu IRPF. Tu cliente lo ingresa en Hacienda a tu nombre y tú lo restas de tu cuota en la declaración de la renta: si has adelantado de más, te devuelven.
¿Qué pasa si me olvido de poner la retención?
La obligación de retener es del pagador, pero una factura mal emitida genera discrepancias entre lo que él declara y lo que declaras tú. Lo habitual es rectificar la factura cuanto antes.

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