Calculadora de horas extra: precio y total a cobrar

Calcula cuánto vale tu hora ordinaria y cuánto deben pagarte por cada hora extra según tu convenio. Con los límites legales explicados (máximo 80 al año).

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Tu hora ordinaria real

A partir del bruto anual y las horas de tu convenio, sin estimaciones a ojo.

Con el recargo del convenio

La ley marca el mínimo (nunca menos que la hora ordinaria); tu convenio suele mejorar el precio.

Límites legales

Máximo 80 horas extra al año y registro horario obligatorio: te contamos las reglas.

El Estatuto de los Trabajadores exige que la hora extra se pague al menos como la ordinaria (recargo 0%); casi todos los convenios fijan recargos del 25-75%. También pueden compensarse con descanso equivalente.

Cuánto se paga la hora extra según la ley

El Estatuto de los Trabajadores (art. 35) fija el suelo: la hora extraordinaria nunca puede pagarse por debajo de la hora ordinaria. A partir de ahí manda tu convenio colectivo, que normalmente establece recargos de entre el 25% y el 75% (y superiores para nocturnas o festivas). La alternativa legal al pago es la compensación con descanso equivalente dentro de los 4 meses siguientes.

El límite que casi nadie controla: 80 horas al año

El máximo legal son 80 horas extra al año (sin contar las compensadas con descanso ni las de fuerza mayor). Superarlo expone a la empresa a sanciones — y es imposible de controlar sin un registro fiable de la jornada. Precisamente por eso el registro de jornada es obligatorio para todas las empresas desde 2019.

Sin registro horario, las horas extra no existen (para nadie)

Para el trabajador, reclamar horas extra sin registro es casi imposible: la prueba es el registro diario. Para la empresa, no llevarlo es sanción directa. Un control horario digital deja cada entrada y salida documentada, calcula las horas de más automáticamente y exporta el registro que pide la Inspección — el de Libélula es gratis para equipos de hasta 5 personas.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga una hora extra?
Como mínimo, igual que la hora ordinaria (bruto anual ÷ horas anuales de convenio); los convenios suelen fijar recargos del 25-75%. Ejemplo: con 21.000 € y 1.720 horas, la ordinaria vale 12,21 € y la extra al 25% son 15,26 €.
¿Cuántas horas extra se pueden hacer al año?
Máximo 80 al año, sin contar las compensadas con descanso en los 4 meses siguientes ni las de fuerza mayor. Superar el límite es sancionable para la empresa.
¿Pueden compensarme las horas extra con descanso en vez de pagarlas?
Sí, si así se pacta o lo establece el convenio: descanso retribuido equivalente dentro de los 4 meses siguientes a su realización.
¿Cómo demuestro las horas extra que he hecho?
Con el registro de jornada, que la empresa está obligada a llevar y conservar 4 años. Sin registro, la reclamación se complica: guarda cualquier evidencia (correos, cuadrantes, fichajes).
¿Las horas extra cotizan y tributan?
Sí: cotizan a la Seguridad Social (con tipo adicional) y tributan en el IRPF como el resto del salario. El cálculo de esta página es en bruto.

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