Reglamento VeriFactu: qué exige exactamente la norma

Qué establece el Reglamento VeriFactu (RD 1007/2023 y Orden HAC/1177/2024): requisitos de los sistemas de facturación, plazos de entrada en vigor y qué te obliga a cambiar.

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Registro de alta y anulación

Cada factura genera un registro con su huella; anular exige otro registro, no borrar.

Encadenamiento

La huella de cada registro incluye la del anterior: alterar una factura rompe todas las siguientes.

QR obligatorio

La factura debe llevar un QR de verificación con el tamaño que fija la Orden.

Cuando se habla del "reglamento VeriFactu" se está hablando en realidad de dos normas encadenadas. El Real Decreto 1007/2023 aprueba el reglamento que fija los requisitos que deben cumplir los sistemas informáticos de facturación, y la Orden HAC/1177/2024 desarrolla los detalles técnicos: qué campos lleva cada registro, cómo se calcula la huella y cómo debe ser el código QR.

Ambas nacen de la Ley Antifraude (Ley 11/2021), cuyo objetivo declarado es acabar con el software de doble uso: los programas que permitían llevar una contabilidad para Hacienda y otra para casa.

Los cuatro requisitos que importan

Por debajo del articulado, lo que la norma exige a un programa de facturación se resume en cuatro obligaciones:

Las dos modalidades: remisión o conservación

El reglamento admite dos formas de cumplir. En la modalidad VeriFactu, los registros se remiten a la Agencia Tributaria en el momento de emitir la factura. En la modalidad de no remisión, los registros se conservan en el propio sistema con requisitos técnicos más estrictos, entre ellos la firma electrónica de cada registro y un registro de eventos que documente cualquier incidencia.

En la práctica, para la mayoría de pymes y autónomos la primera sale más barata: remitir y olvidarse evita tener que sostener toda la infraestructura de conservación que exige la segunda.

Desde cuándo obliga

El calendario distingue por tipo de contribuyente: las sociedades sujetas al Impuesto sobre Sociedades entraron el 1 de enero de 2026, y el resto de obligados, autónomos incluidos, el 1 de julio de 2026. Los fabricantes de software tenían su propio plazo para tener los productos adaptados, anterior a ambos.

Qué te obliga a cambiar en la práctica

Si facturas con Excel o con un programa que no se ha adaptado, el cambio no es cosmético: hace falta un sistema que encadene, que impida borrar y que genere el QR. Si ya usas un programa moderno, lo normal es que la adaptación consista en activar la modalidad y dar de alta el certificado. Lo que no funciona es seguir emitiendo facturas en una hoja de cálculo y confiar en que nadie mire.

Preguntas frecuentes

¿VeriFactu y la factura electrónica obligatoria son lo mismo?
No. VeriFactu regula cómo tu programa registra y remite las facturas a Hacienda. La factura electrónica obligatoria entre empresas viene de la Ley Crea y Crece y regula el formato en que se envía la factura al cliente. Son dos obligaciones distintas que conviven.
¿Puedo seguir facturando en Excel?
No si estás obligado. Una hoja de cálculo no encadena registros, no impide modificarlos ni genera el QR de verificación, que son requisitos del reglamento.
¿Qué pasa si emito una factura mal?
No se corrige ni se borra: se emite una factura rectificativa que la referencia. El registro original permanece porque la norma exige inalterabilidad.
¿Necesito certificado digital para VeriFactu?
Para remitir los registros a la AEAT sí hace falta un certificado válido. Algunas plataformas pueden actuar en nombre del cliente si tienen la habilitación correspondiente; en el resto de casos cada empresa aporta el suyo.
¿Las facturas simplificadas también entran?
Sí. Los tiques y facturas simplificadas generan su registro igual que una factura completa. La diferencia está en los datos del destinatario, no en la obligación de registro.
¿Qué sanciones contempla la norma?
La Ley Antifraude prevé sanciones tanto para quien fabrica o comercializa software que no cumple como para quien lo usa. Conviene consultar el detalle actualizado con un asesor, porque los importes dependen del supuesto concreto.

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